
El bloque libertario, integrado por Mariana Ayesa, Patricia Werenicz e Ignacio Moroni, formalizó una propuesta que busca prohibir el acceso y la permanencia en el Estado municipal a personas con condenas penales o deudas alimentarias. Los detalles de la normativa.
El bloque de concejales de La Libertad Avanza (LLA) en Lanús ingresó formalmente un proyecto de ordenanza denominado «Ficha Limpia Lanús». La iniciativa, firmada por los ediles Mariana Ayesa, Patricia Werenicz e Ignacio Moroni, tiene como eje central establecer un régimen estricto de idoneidad, integridad y transparencia para regular el ingreso y la permanencia en la función pública local.
A diferencia de otras iniciativas similares enfocadas únicamente en cargos electivos, el proyecto presentado en el legislativo lanusense expande de forma integral su ámbito de aplicación. De aprobarse, la inhabilitación alcanzará a secretarios, subsecretarios, directores, personal de gabinete, asesores de bloques políticos, jueces de faltas y a todo el personal municipal, incluyendo planta permanente, transitoria y contratados por locación de servicios.
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Delitos comprendidos y el límite de la «mera imputación»
El articulado de la norma detalla que la inhabilitación pesará exclusivamente sobre quienes registren condenas por delitos dolosos cuya escala penal máxima supere los tres años de prisión, además de incorporar de forma taxativa el homicidio culposo agravado por conducción temeraria. Entre las figuras expresas se enumeran:
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Delitos contra la Administración Pública (corrupción, malversación y fraude).
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Homicidio simple, robo en todas sus formas, hurto y abusos contra la integridad sexual.
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Delitos que afecten la libertad de prensa y la violación de secretos o correspondencia.
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Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
Un punto clave del proyecto radica en la diferenciación jurídica respecto a las normativas laborales previas del empleo municipal. Los fundamentos del bloque libertario argumentan que tanto la Ley Provincial N.º 14.656 como el Convenio Colectivo de Trabajo local ($N.^{\circ}56/18$) contemplan restricciones basadas en la «mera imputación» penal. Según LLA, este estándar colisiona con el principio constitucional de inocencia. Por este motivo, el proyecto determina que la inhabilitación solo operará ante sentencias condenatorias de primera instancia confirmadas por un tribunal de alzada (o no recurridas), blindando el proceso de denuncias políticas carentes de resolución judicial firme.
Deudores alimentarios y tasas municipales
La iniciativa también estipula la inhabilitación inmediata para cualquier aspirante o funcionario que se encuentre inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires, sanción que cesará de pleno derecho una vez cancelada la deuda registral.
Asimismo, se introduce un requisito económico-administrativo: los ingresantes no deberán registrar deudas pendientes por tasas o multas con la Municipalidad de Lanús, habilitando la incorporación únicamente a aquellos morosos que suscriban un plan de pagos con débito automático de sus haberes mensuales.
Mecanismos de control y aplicación transitoria
Para operativizar el control, el proyecto propone la obligatoriedad de presentar anualmente —durante los primeros diez días de marzo— una declaración jurada denominada «Ficha Limpia Lanús», acompañada por el certificado de antecedentes penales. La falsedad u omisión de dicho documento será causal de rescisión contractual inmediata o sanciones disciplinarias.
Finalmente, la cláusula transitoria determina que la norma se aplicará de forma inmediata a los funcionarios políticos en funciones. Para el caso del personal de planta permanente actual, se aclaró que la ordenanza no será de aplicación retroactiva para hechos delictivos cometidos con anterioridad a la vigencia de la norma, quedando sujetos a los nuevos estándares ante cualquier proceso posterior a su promulgación.


































