Brecha salarial en Lanús: un estudio revela que un barrendero de cooperativa cobra hasta diez veces menos que uno de empresa privada

Un informe de “Organización, Proyecto y Juventud” visibiliza la extrema precarización en la limpieza urbana. Mientras los trabajadores del sector privado rozan el millón y medio de pesos bajo convenio de Camioneros, los cooperativistas no alcanzan a cubrir el 20% de la canasta de indigencia y operan sin ART, herramientas ni obra social.

En un contexto socioeconómico crítico donde una familia tipo requiere $1,6 millones de pesos para no ser pobre y $726.469 para no caer en la indigencia, la brecha de ingresos dentro del propio esquema de servicios públicos del Municipio de Lanús ha quedado expuesta. Un trabajo de investigación elaborado por la agrupación Organización, Proyecto y Juventud, basado en relevamientos de la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), expone las severas desigualdades entre el personal de la empresa privada contratada por la comuna y las cooperativas barriales que cubren la mayor parte del territorio.

La brecha: Covelia vs. Cooperativas Municipales

El estudio contrasta directamente dos realidades de trabajadores que realizan la misma tarea cotidiana: barrer de 10 a 13 cuadras y embolsar los residuos de los cordones.

Parámetro Barrendero de Covelia S.A. Barrendero de Cooperativa
Ingreso neto mensual

$1.300.000 a $1.600.000

$140.000 a $145.000

Encuadre gremial

Convenio Colectivo 40/89 (Camioneros)

Sin encuadre formal (Vía UTEP / Municipio)

Sueldo Básico / Piso

$1.150.099,26 (Peón General)

Muy por debajo del SMVM ($376.600)

Beneficios y adicionales

Antigüedad (1% anual), Plus por Rama, Presentismo, Horas Extras 100%, Bono Anual ($840.000)

Sin plus, sin bonos de fin de año, sin bolsas de alimentos

Cobertura de salud y riesgo

Obra social de convenio y ART

Sin ART y Sin Obra Social familiar

Insumos y equipamiento

Indumentaria y herramientas provistas

Indumentaria inexistente y herramientas en mal estado

El reparto presupuestario y la paradoja del servicio

Según destaca el informe, el Municipio adjudicó a la empresa Covelia S.A. un contrato plurianual (2024-2029) formalizado mediante el Decreto N° 14/22 por un monto de $31.116.973.803,84, con cláusulas de redeterminación de precios.

En contraposición, para el barrido llevado a cabo por las cooperativas se destinan $246.000 millones anuales (aproximadamente el 20% del presupuesto municipal), abarcando con este sistema cerca del 80% del distrito. Pese a cubrir la abrumadora mayoría de la superficie de Lanús, los cooperativistas perciben un haber mensual golpeado por la pérdida de los programas sociales liquidados a partir de agosto.

Falta de criterio y salarios bajo la línea del Salario Mínimo

El relevamiento enfatiza que un trabajador social de la economía popular debería percibir por norma de la UTEP al menos el 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) —fijado a agosto en $376.600—, lo que equivaldría a $188.000. Sin embargo, los barrenderos informales en Lanús cobran entre $43.000 y $48.000 menos que esa pauta de referencia, situándose en valores arbitrarios de entre $140.000 y $145.000 que, según advierte el informe, suelen liquidarse sin un criterio claro más allá de la «afinidad política».

Esta situación contrasta además con las recientes políticas de haberes dentro del propio municipio: mientras la planta de 38 funcionarios políticos (secretarios, subsecretarios y directores) recibió subas de entre el 30% y el 50% por «disponibilidad permanente», los empleados municipales de planta obtuvieron subas netas de entre el 12% y el 17%, al tiempo que las partidas de servicios para cooperativas se mantuvieron congeladas. (Existe únicamente una prueba piloto en el denominado Sector 9 donde se abonan $220.000 a cambio de 8 horas diarias de lunes a viernes y guardias los sábados).

Propuesta de regularización

Ante la baja de los programas de contención nacional, el informe concluye impulsando una reformulación urgente del sistema: que el trabajador de cooperativa pase a percibir como piso el equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil ($376.600) por jornadas reducidas de 4 horas (3 veces por semana), incluyendo la bancarización de aportes jubilatorios y cobertura médica integral mediante la incorporación formal al Monotributo Social.

www.ongopj.com.ar 

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