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viernes, julio 26, 2024
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Venta libre: derogan la ordenanza que prohibía la pirotecnia en Adolfo Alsina

El Concejo Deliberante de Adolfo Alsina restableció la libre venta de pirotecnia al derogar la ordenanza que prohibía la actividad en el distrito. Lo hizo a partir del trabajo que se viene realizando desde el SUEIPA y de una demanda judicial de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) para evitar perjuicios al erario público municipal.

En una de las últimas sesiones del Honorable Concejo Deliberante del municipio de Adolfo Alsina se sancionó la ordenanza 4809 que establece la «derogación» de una norma anterior que prohibía «el uso de pirotecnia» en el distrito dando a lugar a la intervención del Sindicato Único de Empleados de la Industria de la Pirotecnia y Afines (Sueipa) y la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (Caefa), que plantearon «la inconstitucionalidad de la referida ordenanza -que fue dejada de lado- alegando que prohíbe el uso de productos lícitos y de venta libre y que el Municipio no tiene competencia para sancionar sobre dicho tema, violando de este modo la Ley 20.429 cuya aplicación se encuentra a cargo de la ANMAC”.

“Que la mayoría de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires que dictaron Ordenanzas similares a la que se peticiona derogar, fueron vencidos judicialmente por dicha Cámara de empresarios, puesto que la Suprema Corte de la Provincia declaró la ‘inconstitucionalidad’ de la Ordenanza que prohibía la pirotecnia en el Partido de Miramar, condenando en costas al Municipio”, señalan desde el HCD alsinense.

“Que la referida Sentencia hace lugar al planteo legal efectuado por Caefa y el trabajo que vienen realizando desde el Sueipa amparado en la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario N° 302/83m que regula venta, uso y fabricación de productos autorizados en el todo el territorio Nacional, y la misma podrá hacerse extensiva a todos los Municipios”, pormenoriza la nueva ordenanza, sentenciando un antecedente a nivel distritales en cuanto a la normativa que regula la venta de la pirotécnia.

“Que este Honorable Concejo Deliberante, pretende con la presente derogación, evitar graves perjuicios y daños al erario público Municipal de Adolfo Alsina, y así proteger y preservar los Recursos Públicos Municipales, en beneficio de nuestro Distrito, con la plena convicción fundada de que una sentencia de declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 4432/19 contra nuestro Municipio, ocasionaría graves condenas dinerarias contrarias al Fisco Municipal.”

Según se informó, la medida «resulta positiva» para las miles de personas «que trabajan gracias a esta industria y los millones de argentinos y argentinas que disfrutan de esta tradicional actividad en todo el país, a la vez es un duro golpe al mercado clandestino que surge cuando hay prohibiciones».

Vale la pena aclarar que la Suprema Corte bonaerense ya declaró inconstitucional la ordenanza de General Alvarado (Miramar); la Justicia de San Juan hizo lo mismo con las normas de los municipios de San Juan, Rivadavia y Santa Lucía, y distintos juzgados anularon las prohibiciones en Quilmes, Magdalena, Berazategui, Florencio Varela, Rauch, Bolivar, Berisso, el Partido de la Costa, Carlos Casares, Pehuajó, Coronel Suarez, Rivadavia y Mar Chiquita, entre otros 17 municipios bonaerenses. Las Flores y Florencio Varela, entre otros municipios, derogaron ellos mismos sus prohibiciones del mismo modo que ahora lo hizo Alsina.

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