El Ministerio de de Desarrollo Territorial y Hábitat advirtió que se mantiene la vigencia de la prohibición de efectuar desalojos y rescindir contratos hasta el 30 de septiembre, a la vez que ratificó que se deben mantener los valores de los alquileres vigentes a marzo pasado.
La cartera que conduce la ministra María Eugenia Bielsa hizo una serie de aclaraciones ante las consultas sobre diferentes situaciones vinculadas a problemas con los medios de pago para los alquileres, extensión o iniciación de contratos, así como la posibilidad de realizar mudanzas e intentos de desalojo.
En ese sentido, el Ministerio de de Desarrollo Territorial y Hábitat recordó que el Decreto 320 estableció que no se pueden efectuar desalojos ni rescindirse contratos hasta el 30 de septiembre.
La ministra @MariaEBielsa dio más detalles sobre el decreto que congela los contratos de alquiler hasta el 30 de septiembre y suspende los desalojos.
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— Desarrollo Territorial y Hábitat (@MinHabitatAR) May 9, 2020
En ese mismo sentido, aclaró que los precios de los alquileres siguen fijados al valor de marzo y, de generarse deudas, se pagarán recién en octubre en 3 o 6 cuotas.
Los inquilinos, además, pueden exigir los datos bancarios a fin que se les garanticen los medios para el pago de los alquileres, y en los casos de pago por transferencia o depósito no puede sufrir aumentos ni penalizaciones.
En tanto, los contratos de alquiler que se vencieron luego de iniciada la cuarentena -el 20 de marzo- quedaron prorrogados automáticamente hasta el 30 de septiembre.
También se aclaró que no puede exigirse el pago de contratos de alquiler de unidades alcanzadas por el DNU que debieron comenzar durante el aislamiento obligatorio, pero no pudieron llegar ser ocupadas dada la imposibilidad de traslado y mudanza.
De esta manera se busca asegurar que el inquilino no se vea necesitado de pagar doble alquiler durante la actual coyuntura sanitaria.
Tras la decisión de permitir la apertura de la actividad inmobiliaria, se aclaró que esta posibilidad queda sujeta al pedido formal por parte de cada provincia a la Jefatura de Gabinete de ministros y el posterior análisis de la autoridad sanitaria previo a su aprobación final.
«Tanto en aquellos distritos donde la actividad ya fue autorizada, como en todo el resto del territorio nacional, las medidas que establece el DNU siguen vigentes y con fuerza de ley hasta el 30 de septiembre», se reafirmó oficialmente. (Télam)