El Municipio de Almirante Brown dispuso por decreto la obligación del uso en todo el distrito de protectores faciales, tapabocas y/o mascarillas para permanecer o circular en la vía pública, para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público o en el transporte de pasajeros.
La disposición regirá a partir de la cero hora del miércoles 15 de abril en todas las localidades de Almirante Brown. De ese modo, el distrito legisla en la misma línea de otros municipios, provincias e incluso que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuanto a la conveniencia del uso de barbijos o tapabocas.
En los considerandos de la medida adoptada por el Municipio browniano se menciona que el Decreto N° 260 del Poder Ejecutivo Nacional amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 en virtual de la declaración de la OMS de la Pandemia de Coronavirus Covid-19.
Y se destaca que «se ha detectado una importante cantidad de personas infectadas con Coronavirus que no presentan síntomas y teniendo en cuenta la elevada capacidad de transmisibilidad y de contagio del virus, el Ministerio de Salud de la Nación ha manifestado la importancia de la utilización masiva de elementos de protección que cobran la boca, la nariz y el mentón».
«En consonancia con lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la Nación, el Municipio de Almirante Brown dispone el uso de los mencionados elementos de protección», se indicó.