La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal rechazó la excarcelación de Marcos Esteban Bazán pese a que a fines del año pasado el Tribunal de Casación provincial había anulado el fallo que lo había condenado a prisión perpetua por el femicidio de Anahí Benítez, la joven que fue retenida, drogada, violada y estrangulada en 2017 en la reserva Santa Catalina de Lomas de Zamora.
El acusado había sido condenado a la pena máxima en junio de 2020 pero el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires ordenó que se realizara un nuevo juicio oral en el que, además, deberá ser juzgado el otro sospechoso, Marcelo Sergio Villalba (45), quien fue beneficiado por un peritaje que determinó que padecía trastornos psiquiátricos y aún no fue enjuiciado.
La abogada Mariana del Rosario Fernández adelantó a Télam que presentará un «recurso de Casación» para pedir nuevamente la libertad de Bazán (39), detenido por el caso hace casi cinco años.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones aseguró en la resolución que «el plazo razonable que debe guardar la restricción de su libertad (…) no se construye sobre una medida dada sino que depende de ciertas pautas como son la complejidad de la causa (extremo que en la cuestión que nos ocupa aparece como indubitable), la gravedad del delito y la severidad de la sanción».
Los jueces recordaron que Bazán «ha de afrontar idéntica imputación (privación ilegal de la libertad agravada y homicidio calificado por alevosía, criminis causa y por mediar violencia de género en concurso real por acceso carnal en grado de participación necesaria y -alternativamente- encubrimiento agravado), debate que se encontraría a iniciarse en forma conjunta con el coimputado».
Tanto su abogada como distintos organismos de derechos humanos, entre ellos el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) o la organización Innocence Project, consideran que se trata de una «causa armada» y que ya debía ser liberado el año pasado con el fallo de la Sala I del máximo tribunal penal bonaerense.
Casación había anulado la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 7 de Lomas de Zamora, que había considerado a Bazán culpable de los mismos delitos.
«Encuentro probada la infracción a la garantía de imparcialidad judicial, puesta de manifiesto en el particular sesgo de los jueces al examinar la evidencia y motivar el veredicto de culpabilidad del acusado, como también en la intervención que tuvieron durante la práctica de la prueba, desviándose del rol que como terceros desinteresados debían cumplir en el marco de un proceso penal adecuado», sostuvo el juez Daniel Carral en su voto, al que adhirió su colega Ricardo Maidana.
Para el magistrado, el veredicto prescindió «de la debida fundamentación, por cuanto, mediante afirmaciones dogmáticas que carecían de correlato con lo obrado en la causa, omitió toda consideración sobre los planteos de la defensa con base en aspectos conducentes para la correcta resolución del caso».
La Sala I cuestionó duramente al tribunal que, para dictar sentencia, tuvo en cuenta un peritaje que calificó como clave, realizado por el reconocido can «Bruno» y su instructor Diego Tula, de la Brigada Canina de Escobar, que descubrió el rastro odorífero de Anahí dentro de la casa de Bazán y la presencia del propio imputado en la fosa donde se halló el cadáver de la víctima, a 235 metros de su vivienda.
«Para el Tribunal resultaron decisivos la gran cantidad de procedimientos en los que había intervenido el instructor de canes Diego Tula, con anterioridad al realizado en esta causa.
Sin embargo, el examen del contenido del testimonio del mencionado instructor de canes, complementado con la documentación que acompañó sobre los antecedentes de su actividad, permiten verificar que el nombrado nunca había sido convocado para realizar una tarea como la que hizo en este caso», resaltó el Tribunal de Casación.
Además, el Tribunal de Casación cuestionó al tribunal oral por seleccionar «arbitrariamente qué pruebas iba a considerar de todas las que conformaban el caudal probatorio disponible, ponderando únicamente aquellas evidencias que consideró compatibles con los datos aportados por el instructor de canes, y omitiendo considerar toda otra evidencia o circunstancia que resultara incompatible con esa mirada».
Anahí fue vista por última vez el 29 de julio de 2017 cuando salió de su casa de Parque Barón, en Lomas de Zamora, para dar un paseo y el 4 de agosto su cadáver fue encontrado desnudo, con lesiones cortantes y golpes en la cabeza, enterrado en la Reserva Natural Santa Catalina.
La autopsia determinó que fue estrangulada, que le habían suministrado drogas y que en esas condiciones había sido abusada.