
La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020.
Se trata de un monto graciable, para toda la vida, equivalente a dos jubilaciones mínimas.
La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales.

Quiénes pueden acceder a Pensión Vitalicia para víctimas de Covid-19
▶️El organismo que encabeza Fernanda Raverta confirmó que acreditará un monto equivalente a dos haberes mínimos el cual se actualizará según los aumentos previstos por la Ley de Movilidad Jubilatoria.
▶️Pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos:
Esposo/a conviviente
Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
Personas a cargo del trabajador fallecido.
▶️Quiénes se consideran como trabajadores esenciales:
Trabajadores de la salud pública y privada
Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc.)
Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada)
Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios)
Empleados de correo
Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios
Trabajadores de migraciones
Cuál es el monto mensual de la pensión vitalicia para familiares de víctimas por Covid-19
Esta pensión es compatible con cualquier otra prestación y es de por vida.
El organismo que encabeza Fernanda Raverta confirmó que el monto mensual equivale a dos jubilaciones mínimas.
En la actualidad ese monto consiste en la suma de $65.260, tomando la última actualización a marzo de 2022 de las jubilaciones (teniendo en cuenta que el haber mínimo asciende a $32.630).
Paso a paso cómo iniciar el trámite
Para acceder a este beneficio adicional se debe iniciar la gestión ante la ANSES, quien oficia de mediador para el pago del haber.
▶️Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país.
No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses.




























